Preocupación por el derecho a la educación
La Defensora de Niñas, Niños y Adolescentes de Santa Fe, Analía Colombo, solicitó al Ministerio de Educación de Santa fe –conforme a las facultades conferidas por Ley de Protección Integral de Niñez (12.967)– información acerca de cómo se viene desarrollando la continuidad de la educación a distancia durante el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto.
En esta situación inédita que atraviesa el país producto de la pandemia y tras la suspensión del dictado de clases presenciales, la Defensoría en su rol de garante de los derechos de niñas, niños y adolescentes, en este caso del acceso a la educación, solicitó información acerca de cómo se implementó el seguimiento de la educación inicial, primaria y secundaria de manera no presencial.
En ese sentido, indagó acerca de qué tipo de herramientas, materiales pedagógicos y capacitación se ha brindado a docentes y a alumnos en general, y en particular a los sectores de mayor vulnerabilidad social con dificultades en el acceso a medios tecnológicos y de conectividad.
Asimismo, si se ha utilizado el campus virtual educativo que posee la plataforma de educación a distancia “Moodle” con aulas de educación virtual y otras herramientas de gestión de docentes y estudiantes (Legajo docente y Mi escuela, relativas a los legajos de los alumnos y la administración del establecimiento).
Por último, si se ha formalizado algún tipo de convenio con la empresa Google para la utilización de las herramientas Classroom y Google Meet, entre otras. Y en caso que se haya aplicado solicitó conocer los alcances del mismo y especialmente cómo se ha garantizado el resguardo de la privacidad e identidad de las niñas, niños y adolescentes mediante la no divulgación de sus datos, atento que para la utilización de las herramientas virtuales mencionadas es necesario la suscripción a una cuenta de correo de gmail.
En el actual contexto de suspensión de clases se amplían de manera exponencial las brechas de desigualdad en materia educativa, es por eso que el Estado debe tomar medidas adecuadas y con celeridad para acompañar durante este periodo excepcional a las y los adultos a cargo del cuidado de NNyA y amortiguar estas tensiones, para la garantía de sus derechos.